Por Julia Cófreces
En julio de 2025 se sancionó la Ley 6817, que establece la gratuidad del subte para jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires cuyos ingresos no superen dos haberes y medio mínimos. Esta ley representa un avance en el acceso a derechos para las personas mayores, y deja en evidencia la situación crítica de las jubilaciones en Argentina, donde el haber básico apenas supera los $400.000.
Sin embargo en su reglamentación, el Gobierno de la Ciudad impuso que tanto el trámite como el pase gratuito sean completamente digitales, a través de TAD (Trámites a Distancia) y de BUEPP, la billetera digital del Banco Ciudad. En los hechos, esto supone que las personas mayores deban contar con un teléfono celular, completar un trámite virtual, utilizar una billetera digital, asociar una tarjeta de débito y contar con habilidades tecnológicas que pueden no formar parte de su vida cotidiana.
A un año de su implementación, el Jefe de Gabinete de la Ciudad, Gabriel Sánchez Zinny, informó en la Legislatura que se registraron 10.700 solicitudes para acceder al beneficio y que 9.000 ya fueron aprobadas. Sin embargo, ante un pedido de acceso a la información pública realizado por el CESPAM, el Banco Ciudad informó que solo 5.712 personas inscriptas en el subsidio descargaron la aplicación BUEPP. Este desfasaje entre las solicitudes y la implementación efectiva abre interrogantes y exige respuestas: o no se registraron tantas solicitudes, o bien existe una barrera en la modalidad de acceso. En cualquiera de los dos casos, esto da cuenta de una falla en la implementación de la política.
¿Existen canales presenciales para tramitar el pase? La reglamentación establece que las personas mayores pueden recibir asistencia en las sedes comunales y en las cabeceras de subte, y así lo informó también el Jefe de Gabinete en su informe. Sin embargo, en el mismo pedido de acceso a la información pública, el Gobierno de la Ciudad confirmó que el trámite ya no puede realizarse en las cabeceras, ni tampoco lleva un registro de la cantidad de solicitudes tramitadas en las sedes comunales. Además, es importante aclarar que estos espacios no gestionan directamente el beneficio: únicamente brindan asistencia para que las personas completen el trámite digital a través de TAD.
No hay dudas de que en determinados contextos la digitalización agiliza los procedimientos administrativos y mejora la trazabilidad de las gestiones. Pero cuando el acceso a un derecho depende exclusivamente de un circuito digital, la tecnología se convierte en una barrera y empieza a dejar afuera a quienes debe incluir. En este sentido, la implementación del pase gratuito da cuenta de un mal diseño de la política: la digitalización no garantiza la accesibilidad al beneficio, y tampoco pareciera haber interés en garantizar la trazabilidad de los trámites, ya que no hay un registro de las solicitudes gestionadas en las comunas.
Muchos estudios muestran que las personas mayores no constituyen un grupo homogéneo frente a las tecnologías digitales. Las trayectorias de acceso, aprendizaje y uso son diversas y están atravesadas por factores educativos, económicos y sociales. Diseñar una política pública como si todas las personas dispusieran de los mismos recursos y habilidades implica desconocer esas diferencias y trasladar a los individuos la responsabilidad de superar obstáculos que, en realidad, son consecuencia del propio diseño institucional.
Si la gratuidad del subte busca garantizar el derecho a la movilidad, su implementación también debería ser accesible para quienes más la necesitan. No se trata de un problema tecnológico, se trata de una manera de concebir y diseñar la política pública.